Seguro de automóviles
La cobertura de Responsabilidad civil extra contractual es la más importante del seguro de Automóviles. Indemniza hasta por el valor pactado en la póliza lesiones o muerte ocasionados por el asegurado.
Quien es el responsable de un daño a un tercero debe resarcir los perjuicios ocasionados. El no contar con esta cobertura expone el patrimonio del asegurado.
Conozca más del seguro de Automóviles
Tenga en cuenta
La información que entrega el RUS no hace parte del proceso de indemnización que las aseguradoras tienen establecidos.
Cada compañía de seguros cuenta con un proceso de indemnización que obedece a las políticas individuales en atención de siniestros.
Cada aseguradora le informará los pasos que debe seguir y los documentos que debe presentar para hacer efectiva una reclamación.
El RUS envía las solicitudes de los usuarios a cada aseguradora para su diligenciamiento. Las compañías de seguros cuentan con 15 días hábiles para dar respuesta al requerimiento.
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Automóviles
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Preguntas frecuentes
Sobre el seguro
Coberturas
Reclamaciones
Defensor del consumidor
El seguro de Automóviles es un contrato voluntario mediante el cual el propietario de un vehículo traslada a una compañía de seguros los riesgos asociados a la conducción de un automotor, de lo contrario en ausencia de esta cobertura, tendría que responder con su patrimonio para resarcir los perjuicios ocasionados a otros, como lo determina la ley.
- Nadie está exento de sufrir accidentes y causar daños no previstos, los riesgos están a la vuelta de la esquina.
- El seguro de Automóviles tiene como fin ayudar principalmente al asegurado a responder por las lesiones o muerte que le pueda causar a una o más personas en un accidente.
- Cubre también los daños al vehículo por accidentes de tránsito, robo del carro, afectación a otros bienes, entre otros.
- Conducir es una actividad peligrosa y este seguro tiene como principal fin ayudar a responder por las lesiones o muerte que le pueda causar a una o más personas por causa de un accidente.
- Cubre también los daños al vehículo por accidentes de tránsito, robo del carro, afectación a otros bienes, entre otros.
- Sin un seguro de Automóviles, expone su patrimonio. Cuando el carro se daña de manera total o parcial como consecuencia de un accidente, la aseguradora reconoce el valor de los daños, incluyendo mano de obra y repuestos para dejar el vehículo en las condiciones en que se encontraba antes de sufrir un daño.
- Mientras que el SOAT es obligatorio y cubre los gastos de la atención médica a las víctimas de un accidente de tránsito, un seguro de Automóviles es voluntario y cubre su patrimonio. Es ideal contar con ambos.
- Este seguro tiene servicios de asistencia como conductor elegido, asistencia jurídica, gastos de transporte y asistencia en viaje.
El valor que debe pagar el asegurado por su seguro (prima) depende de diversas variables, como el valor comercial del carro, los precios de los repuestos, el valor de mano de obra de reparación, los indicadores de hurto, el monto de la cobertura de responsabilidad civil contratada, los beneficios adicionales que otorga la póliza y las variables que se refieren a la persona o asegurado.
También es de interés para el cálculo de la prima el tipo de servicio que presta el automotor (particular o público), la ciudad o municipio donde rueda, el año modelo del vehículo y el monto del deducible, entre otros.
Las características del asegurado son utilizadas por algunas compañías de seguros como una de las variables de mayor representatividad para el cálculo de la prima para vehículos particulares.
La edad, el género, estado civil, número y edad de los hijos, lugar de residencia, lugar de trabajo, la fecha de expedición de la licencia, número de siniestros previos, el tipo y número de infracciones de tránsito del asegurado, entre otras particularidades, son tenidas en cuenta para determinar el valor del seguro.
En el cálculo del valor del seguro, es igualmente determinante el historial comportamiento de los siniestros de los vehículos asegurados por la compañía. Por esta razón, para personas con el mismo perfil de riesgo, el precio del seguro varía entre diferentes aseguradoras e, incluso, en la misma compañía en diferentes periodos de tiempo.
El deducible es la parte del riesgo que está a cargo del asegurado. Puede expresarse como un porcentaje del valor asegurado, en salarios mínimos, en un monto fijo previamente determinado o el mayor de todos los anteriores.
Las compañías de seguros usan este mecanismo para compartir el riesgo con los asegurados para que los propietarios sean cuidadosos con sus vehículos.
El funcionamiento del deducible se describe en el siguiente ejemplo: Suponga que una persona adquiere un vehículo en el mercado por un valor de $50’000.000 y desea asegurarlo con un deducible del 10% del valor asegurado.
Esto quiere decir que, si el vehículo sufre un accidente que termina con su destrucción total o fue hurtado, la aseguradora pagará $45’000.000 al asegurado y al dueño del vehículo los $5’000.000 restantes que equivalen al 10% del daño sufrido.
En caso de que el vehículo tenga un siniestro de pérdida total por daños o por hurto, la compañía pagará al asegurado por el valor comercial del mismo en el momento del siniestro y no por el valor por el cual se adquirió el vehículo o se suscribió la póliza.
Esto se hace teniendo en cuenta que el seguro no puede ser fuente de enriquecimiento para el asegurado, ya que su propósito es compensarlo por el daño o la pérdida realmente sufrida y no por la depreciación normal del automotor.
En este orden de ideas, si el vehículo se deprecia de manera importante durante la vigencia del seguro (que generalmente es de un año), los asegurados pueden informarlo antes de la ocurrencia del siniestro a la compañía de seguros para solicitar una revisión del monto de la prima que se paga.
Esta revisión no significa una reducción automática en el precio del seguro. Tal y como se mencionó anteriormente, el valor de la póliza está en función de diversas variables y no sólo del valor del vehículo.
Qué cubre:
Cobertura principal de Responsabilidad Civil Extracontractual
La cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual es la más importante del seguro de Automóviles. Está diseñada para:
Ofrece una indemnización a la víctima de un accidente de tránsito por los daños ocasionados por el asegurado cuando conduce su vehículo así:
- Daños a bienes de terceros: Su finalidad es resarcir el daño material ocasionado al bien de un tercero (otros carros, casas, animales, etc.) causado por el vehículo asegurado y hasta un monto máximo establecido en la póliza.
- Muerte o lesiones a una o más personas: Garantiza a las personas lesionadas por el vehículo asegurado o a su familia una compensación económica por el daño causado hasta el monto pactado en la póliza, siempre que el asegurado sea responsable y que previamente las personas afectadas hayan sido atendidas por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Dada la responsabilidad que implica la actividad de conducción, esta cobertura cuenta con algunas exclusiones que están determinadas por cada compañía y que es necesario que cada uno lea detenidamente para que conozca que cubre el seguro y que no, de acuerdo con los riesgos a los que se ven afectados.
Otras coberturas:
- Pérdida de mayor cuantía: Es cuando los daños del vehículo son de tal magnitud que este pierde su funcionamiento técnico-mecánico.
- Pérdida de menor cuantía: Esta protección garantiza al asegurado una indemnización económica o que su carro sea reparado luego de un choque u otro evento en el cual se haya visto afectado y cuyos daños no impliquen la pérdida de su capacidad de funcionamiento técnico-mecánica.
- Pérdida total del vehículo por hurto: La aseguradora cubre al asegurado en caso de que su vehículo haya sido robado y le otorga una indemnización monetaria por el valor comercial del automotor.
- Pérdida parcial del vehículo por hurto. La compañía de seguros garantiza al asegurado la reposición física de la parte del vehículo que fue robada o la compensación económica por dicho valor.
El valor máximo de la compensación que ofrece la aseguradora en las coberturas al vehículo está en función del valor comercial del automotor en el momento del siniestro, mientras que en el amparo de Responsabilidad Civil Extracontractual los montos máximos de cobertura pueden acordarse entre las partes.
Adicional a las coberturas mencionadas previamente, las compañías de seguros ofrecen una amplia variedad de servicios que, generalmente, representan un mayor valor en la prima. Son:
- Amparo patrimonial: Ofrece cobertura a los daños al vehículo asegurado, a los bienes de terceros y a terceras personas cuando, en un accidente de tránsito, se generen perjuicios como consecuencia de una conducta inadecuada del asegurado (No acatar las señales de tránsito, conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas).
- Asistencia jurídica: Con este amparo se cubren, hasta el monto pactado en la póliza, los gastos en que el asegurado debe incurrir por procesos judiciales que se adelanten como consecuencia de un accidente en el cual se vio involucrado.
- Gastos de transporte: Cubre al asegurado, durante un tiempo determinado y hasta cierto monto, los gastos de transporte en que incurra, mientras que el vehículo no pueda movilizarse como consecuencia de un siniestro por daños de mayor cuantía o total hurto.
- Amparo de vehículo sustituto: Se ofrece para vehículos particulares mientras el vehículo asegurado es sometido a reparación por un siniestro de pérdida parcial y/o se realiza el trámite de pago de la indemnización en caso de una pérdida total.
- Conductor elegido: Es un servicio para vehículos particulares, que consiste en asignarle un conductor al asegurado, previa notificación por parte de éste a la aseguradora, con el fin de trasladarlo hasta su lugar de residencia. Generalmente esta asistencia se presta porque el asegurado conoce de antemano que no estará en condiciones de conducir, por ejemplo, cuando va a consumir licor.
- Asistencia en viaje: Ofrece, entre otros, la prestación del servicio de grúa por avería o accidente, mecánica básica, asistencia jurídica, pérdidas de equipaje (exclusivamente para vehículos particulares) o los gastos de traslado.
De conformidad con las normas colombianas, las compañías excluyen de las coberturas las pérdidas o daños que sean consecuencia de eventos catastróficos de la naturaleza como terremotos o los causados por el hombre, como por ejemplo actos terroristas. Se excluyen, igualmente, eventos como la guerra, los motines, o las asonadas.
Para que estos eventos sean cubiertos por la póliza, deben ser contratados de manera expresa mediante un anexo.
Es importante mencionar que la póliza de automóviles no opera si el vehículo ha ingresado ilegalmente al país y/o cuando su matrícula es fraudulenta, sean estas circunstancias conocidas o no por el asegurado, tomador o beneficiario de la póliza.
Si bien cada compañía de seguros y cada producto de seguros es diferente, hay ciertas condiciones comunes que generalmente no están cubiertas por las pólizas de autos. Algunas son:
Exclusiones generales:
- Cuando el accidente es consecuencia de exceso de carga o sobrecupo de pasajeros y esta situación influye en su ocurrencia.
- Cuando el vehículo asegurado es empleado para un uso distinto al señalado en la póliza, por ejemplo, cuando un vehículo particular se alquila a un tercero.
- Cuando el vehículo asegurado es dado en alquiler o cuando transporta sustancias o mercancías ilegales y/o peligrosas.
- Cuando el siniestro ocurra como consecuencia de estafa, abuso de confianza o actuaciones similares en contra del asegurado o del conductor autorizado.
- Cuando el vehículo asegurado es conducido por una persona no autorizada por el asegurado.
- Una vez ocurra un accidente que esté amparado por la póliza, el asegurado debe comunicarse inmediatamente con la compañía de seguros o con su intermediario. La mayoría de las aseguradoras cuentan con líneas de atención las 24 horas para recibir estas notificaciones.
- El asegurado debe emplear todos los medios posibles para evitar la agravación del daño. Por ejemplo, si el vehículo se estrella y sufre daños importantes, se esperaría que el asegurado no trate de mover el carro de forma tal que agrave el daño, a menos que sea estrictamente necesario.
- Tenga en cuenta que sin la autorización expresa y escrita de la aseguradora, el asegurado no podrá reconocer su responsabilidad en el accidente, incurrir en gasto alguno, hacer pagos o celebrar arreglos.
- En caso de pérdidas de mayor cuantía o total hurto, el asegurado deberá realizar el traspaso del vehículo a favor de la compañía de seguros y/o cancelar la matrícula cuando se le indique para poder obtener el respectivo pago de la indemnización, en caso de que haya lugar a ella.
- Cuando exista un embargo pendiente que impida el traspaso del vehículo a favor de la aseguradora, el pago de la indemnización queda supeditado al levantamiento de dicho embargo.
Los procedimientos para el pago de una indemnización pueden diferenciarse de una compañía a otra. Cerciórese de entender los mismos para evitar retrasos y malos entendidos en este proceso.
Las compañías de seguros tienen protocolos para el manejo de siniestros que garantizan agilidad en la definición del reclamo. No obstante, en ocasiones el desconocimiento de la forma en que operan las coberturas y las exclusiones del seguro hace que se generen inconvenientes en la indemnización que no son atribuibles a la aseguradora.
La ley ha otorgado algunos derechos a los consumidores financieros, entre los cuales se encuentran los clientes de una entidad aseguradora, al tiempo que ha establecido mecanismos para su protección. Algunos de esos derechos son:
- Preguntar y conocer: Obtener respuesta a sus preguntas sobre la póliza de seguros, el proceso de reclamación y demás aspectos relacionados con el vínculo.
- Información de precios: Conocer el valor o prima del seguro.
- Claridad: Recibir información clara, veraz y oportuna de parte del personal de la compañía de seguros y/o el intermediario de seguros.
- Peticiones, quejas y reclamos: Presentar sus quejas y reclamos para que sean resueltos de manera oportuna.
- Libre elección: Escoger libremente la compañía de seguros con la cual desea asegurarse.
- Calidad: Recibir productos y servicios con calidad y seguridad.
- Póliza: Recibir la póliza de seguros o el certificado de la póliza según corresponda.
- Reclamar: Presentar reclamación del seguro en caso de que ocurra el siniestro y recibir respuesta sobre la reclamación luego de un mes de haber radicado la documentación completa.
- Revocar: Dar por terminado el contrato de manera unilateral en cualquier momento.
- Educación: Recibir educación sobre los derechos y las obligaciones de los consumidores financieros, así como sobre los productos o servicios ofrecidos por la entidad.
Los asegurados que sientan vulnerados sus derechos pueden presentar una queja directamente en la compañía de seguros, ante la oficina del Defensor del Consumidor Financiero de la aseguradora o en la Dirección de Protección al Consumidor de la Superintendencia Financiera de Colombia.
El Defensor del Consumidor Financiero es una figura que todas las compañías de seguros deben tener, cuya función es servir de mediador para resolver de manera objetiva y gratuita los conflictos que puedan surgir entre los clientes y la compañía en la medida de su competencia.
Se puede ubicar en una oficina de la entidad, por teléfono o en la página web de la aseguradora. También a través de la página web de la Superintendencia Financiera www.superfinanciera.gov.co o del Programa de Educación Financiera de Fasecolda www.vivasegurofasecolda.com en el vínculo de Protección.
- Directamente a la entidad: La ley no ha previsto un trámite en particular. El afectado puede tramitar su queja por escrito ante la compañía de seguros y ésta, de acuerdo con sus políticas, informará sobre el plazo y procedimientos que se surtirán para dar respuesta a la inquietud.
- Oficina del Defensor del Consumidor Financiero: Se debe hacer por escrito. El interesado puede remitir la queja al Defensor o radicarla en las oficinas, sucursales o agencias de la compañía de seguros. En este caso, esta deberá trasladar la queja al Defensor dentro de los tres días hábiles siguientes.
Una vez el Defensor reciba la queja, tendrá un plazo de tres días hábiles para responder si es o no competente para atender la queja. De igual manera, deberá informar si requiere mayor información. De ser este el caso, el interesado tendrá ocho días hábiles para entregar la información.
Una vez la compañía de seguros envía la información solicitada por el Defensor, este la evaluará y resolverá la queja en un plazo de ocho días. El Defensor comunicará la decisión tomada al cliente y a la compañía de seguros un día hábil después. - En la Dirección de Protección al Consumidor de la Superintendencia Financiera. La queja puede presentarla por escrito en la Calle 7 No. 4 - 49 oficina 109 en Bogotá, al fax (1) 3505707 o al correo electrónico super@superfinanciera.gov.co. La Superintendencia trasladará la queja a la compañía de seguros y ésta tendrá 15 días hábiles para responder al cliente con copia a la Superintendencia. Si la Superintendencia considera que la queja del cliente ha sido solucionada, aclarada, atendida o explicada adecuadamente por parte de la aseguradora, la Superintendencia dará una respuesta final al cliente en tal sentido.
En el caso que la Superintendencia considere que no se ha dado la solución al cliente, ésta iniciará de manera independiente las actuaciones correspondientes.
- Nombres y apellidos completos.
- Documento de identidad.
- Dirección y ciudad.
- Teléfono y correo electrónico.
- Nombre de la compañía de seguros y número de la póliza.
- Descripción de los hechos y los derechos que considere vulnerados.
- En caso de existir, documentos que sirvan como soporte de los hechos mencionados.